Para las empresas que brindan servicio de Transporte Institucional en el Ecuador, incluido el transporte institucional o empresarial, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) al 10 de enero del 2022 ha resuelto algunos de los siguientes puntos importante para sobre cautelar el control de la pandemia en el territorio nacional:
- De manera obligatoria presentar el certificado o carnet de vacunación con esquema completo, de acuerdo a edad, para los transportes ya sean interprovincial, intraprovincial y de turismo, se incluye al transporte institucional.
- Al 17 de enero del 2022, este carnet de vacunación ya es obligatorio presentarlo a partir de los 5 años de edad.
- Si por algún motivo el pasajero no presentará el carnet de vacunación por olvido o descuido, la empresa de transporte u operadora deberá ayudar al usuario a verificar con el número de cedula en el siguiente link https://certificados- vacunas.msp.gob.ec/.
- Todo pasajero en el transporte debe portar su cédula de ciudadanía y debe haber sido vacunado.
- Los conductores también deben cumplir con la obligatoriedad de contar con su carnet de vacunación para poder ejercer su trabajo.
- Si en el trayecto del viaje o traslado se identifican a pasajeros con sintomatología del COVID-19 tales como: afecciones respiratorias, fiebre, tos, dificultad para respirar, fatiga, secreciones nasales y malestar general, se deberá llevar al lugar más cercano como centro o dispensario médico y se notificará inmediatamente a la entidad o empresa competente al pasajero para que se realice el procedimiento indicado.
- Las Medidas de bioseguridad se mantienen: vigilar el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, uso permanente de mascarilla, higiene de manos, ventilación adecuada y distanciamiento social.
- El semáforo tendrá tres colores, en los cuales se medirá el riesgo: verde (bajo), amarillo (mediano) y rojo (alto). De ello depende la aplicación de las medidas de restricción de los aforos.
En conclusión, el país ha adoptado el Semáforo de Protección COVID-19 para enfrentar el brote de contagios debido a la pandemia. De acuerdo a la semaforización del cantón, corresponderá el % de aforo, es decir la capacidad máxima de pasajeros en el transporte, en nuestro caso el transporte institucional, del traslado de empleados a sus actividades productivas, donde la unidad deberá disponer en todo momento de los documentos que autoricen la operación y movilización del personal que traslada. El transporte institucional en el Ecuador, deberá estar siempre informado e implementando las medidas de prevención establecidas por el COE, para así cumplir con el marco de emergencia sanitaria en el país.